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Tomado de:
Las negrillas, numeraciones y separación de algunos párrafos son nuestros para efectos de estudio.
EL SALVADOR
La Dirección General de Migración y Extranjería, del Ministerio de Gobernación, es la dependencia administrativa encargada de facilitar la residencia temporal o permanente a los extranjeros mediante la concesión del permiso de residencia correspondiente.
Existen diferentes tipos de permiso de residencia. Los más usuales son:
I. Residencia temporal con autorización para trabajar.
Requisitos:
1. Cumplimentar solicitud
2. Presentar original y fotocopia de la partida de nacimiento debidamente autenticada por el consulado salvadoreño del país de origen y, posteriormente en el Ministerio de Relaciones Exteriores salvadoreño.
3. Aportar original de solvencia de buena conducta expedida por la policía del país donde ha residido los dos últimos años anteriores a su ingreso en El Salvador, debidamente autenticado de la misma forma antes indicada.
4. Constancia de buena salud expedida por un médico salvadoreño en el que haga constar que no padece enfermedad infectocontagiosa.
5. Examen o prueba del SIDA efectuado en El Salvador.
6. Una fotocopia de todas las páginas del Pasaporte utilizadas, presentando el original para su confrontación.
7. Original y copia del contrato de trabajo o su anteproyecto, con dictamen favorable del Ministerio de Trabajo y Previsión Social salvadoreño.
8. Original y fotocopias de acuerdo que acredita la personería del solicitante.
Los documentos que no estén en castellano deberán ser traducidos por un perito traductor ante un notario salvadoreño o por su respectiva Embajada. Si lo hace a través de ésta deberá autenticarlo posteriormente en el Ministerio de Relaciones Exteriores de El Salvador.
La solicitud debe ser presentada personalmente por el extranjero a los efectos de elaboración de ficha y por el solicitante empleador o su representante. En este último supuesto, la solicitud deberá contener la firma autenticada por notario salvadoreño del empleador.
Todos lo documentos arriba mencionados son requeridos para cada persona que integre el grupo familiar. A los menores de 18 años se les exime del examen de SIDA y de la presentación de constancia de buena conducta.
II. Residencia temporal con autorización para estudiar.
Requisitos:
1. Cumplimentar solicitud
2. Presentar original y fotocopia de la partida de nacimiento debidamente autenticada por el consulado salvadoreño del país de origen y, posteriormente en el Ministerio de Relaciones Exteriores salvadoreño.
3. Los mayores de 18 años deberán aportar original de solvencia de buena conducta expedida por la policía del país donde ha residido los dos últimos años anteriores a su ingreso en El salvador, debidamente autenticado de la misma forma antes indicada.
4. Constancia de buena salud expedida por un médico salvadoreño en el que haga constar que no padece enfermedad infectocontagiosa.
5. Examen o prueba del SIDA efectuado en El Salvador.
6. Una fotocopia de todas las páginas del Pasaporte utilizadas, presentando el original para su confrontación.
7. Original de constancia de matrícula provisional o definitiva extendida por el centro de estudios correspondiente.
8. Documentación relativa a su manutención (remesas del exterior, declaración jurada ante notario de la persona que correrá con el pago de sus gastos, etc.).
Los documentos que no estén en castellano deberán ser traducidos por un perito traductor ante un notario salvadoreño o por su respectiva Embajada. Si lo hace a través de ésta deberá autenticarlo posteriormente en el Ministerio de Relaciones Exteriores de El Salvador.
La solicitud debe ser presentada personalmente por el solicitante a los efectos de elaboración de ficha.
En el caso de menores de 18 años, la residencia temporal debe ser solicitada por los padres o sus representantes, en cuyo caso debe aportarse el respectivo documento para comprobar dicha representación. Si dicho documento viene del extranjero, deberá autenticarse en el Ministerio de Relaciones Exteriores de El Salvador.
III. Residencia temporal como inversionista.
Requisitos:
1. Cumplimentar solicitud
2. Aportar escritura de constitución de la sociedad debidamente inscrita en el registro de Comercio (cuando la inversión se haya realizado por este medio) o, en caso contrario, presentar los documentos en los que conste la inversión efectuada en el país.
3. Presentar los documentos que demuestren que la sociedad o la empresa están funcionando, tales como: contratos de arrendamiento de locales, planillas del Instituto de Seguridad Social (ISS) del personal asegurado, pólizas de importación de mercaderías, copia del formulario del pago de impuestos, fotocopia del carnet de IVA, etc.
4. Presentar original y fotocopia de la partida de nacimiento debidamente autenticada por el consulado salvadoreño del país de origen y, posteriormente en el Ministerio de Relaciones Exteriores salvadoreño.
5. Los mayores de 18 años deberán aportar original de solvencia de buena conducta expedida por la policía del país donde ha residido los dos últimos años anteriores a su ingreso en El Salvador, debidamente autenticado de la misma forma antes indicada.
6. Constancia de buena salud expedida por un médico salvadoreño en el que haga constar que no padece enfermedad infectocontagiosa.
7. Examen o prueba del SIDA efectuado en El Salvador.
8. Una fotocopia de todas las páginas del Pasaporte utilizadas, presentando el original para su confrontación.
9. Fotocopia del NIT.
10. Copia del registro de Inversión extendido por la ONI.
Los documentos que no estén en castellano deberán ser traducidos por un perito traductor ante un notario salvadoreño o por su respectiva Embajada. Si lo hace a través de ésta deberá autenticarlo posteriormente en el Ministerio de Relaciones Exteriores de El Salvador.
La solicitud debe ser presentada personalmente por el solicitante a los efectos de elaboración de ficha.
IV. Residencia temporal como rentista.
Requisitos:
1. Cumplimentar solicitud
2. Presentar original y fotocopia de la partida de nacimiento debidamente autenticada por el consulado salvadoreño del país de origen y, posteriormente en el Ministerio de Relaciones Exteriores salvadoreño.
3. Aportar original de solvencia de buena conducta expedida por la policía del país donde ha residido los dos últimos años anteriores a su ingreso en El salvador, debidamente autenticado de la misma forma antes indicada.
4. Presentar constancia de la Embajada del país del que proviene la renta, debidamente autenticada por el Ministerio de Relaciones Exteriores de El Salvador y constancia expedida por bancos o instituciones financieras que operan en el país de los que se percibe la tranferencia de fondos provenientes del exterior.
5. Constancia de buena salud expedida por un médico salvadoreño en el que haga constar que no padece enfermedad infectocontagiosa.
6. Examen o prueba del SIDA efectuado en El Salvador.
Una fotocopia de todas las páginas del Pasaporte utilizadas, presentando el original para su confrontación.
De conformidad a la ley especial para residentes rentistas y su reglamento, inicialmente se emitirá una resolución concediendo provisionalmente la calidad de residente rentista por un plazo de noventa días. Posteriormente, deberá obtenerse el carnet correspondiente en la Dirección General de Migración y presentarse en la Dirección general de Impuestos Internos donde deberá comprobarse que los ingresos que percibe no están comprendidos en el art. 16 de la Ley de Impuestos sobre la Renta. A continuación deberá presentar al Ministerio de Gobernación la Resolución emitida por la Dirección General de Impuestos Internos, junto con la fotocopia del carnet provisional de residente rentista y del NIT, para finalmente concedérsele la calidad de residente rentista en forma definitiva.
La renta que se perciba deberá ser como mínimo de 1.000$USA mensuales.
Los documentos que no estén en castellano deberán ser traducidos por un perito traductor ante un notario salvadoreño o por su respectiva Embajada. Si lo hace a través de ésta deberá autenticarlo posteriormente en el Ministerio de Relaciones Exteriores de El Salvador.
La solicitud debe ser presentada personalmente por el solicitante a los efectos de elaboración de ficha.
Todo residente definitivo debe estar pendiente de la fecha de vencimiento de sus refrendas, de conformidad con el artículo 47 de la Ley de Migración.
V. Residencia definitiva por tener 5 años de residir en el país.
Requisitos:
1. Cumplimentar solicitud
2. Aportar constancia de buena conducta espedida por la Policía Nacional Civil.
3. Fotocopia del carnet de residente temporal por ambos lados.
4. Dos fotocopias del pasaporte de todas las páginas utilizadas, con su original para su confrontación.
5. Fotocopia del NIT.
6. Original de la constancia de estudios si el solicitante es estudiante y documentación que compruebe la procedencia y forma de su manutención.
7. Si el solicitante es trabajador, deberá presentar los documentos de los literales A,B,C,D y E.
8. Original y dos copias del contrato de trabajo o su anteproyecto.
9. Fotocopia del NIT del empleador.
10. Original y dos fotocopias de documentos inscritos en el registro respectivo y a que acreditan la personería del patrono (testimonio de escritura de constitución de sociedad, credencial de la junta directiva, estatutos de la fundación o asociación, etc.).
11. Original y fotocopia de declaración jurada otorgada ante notario por su patrono, respecto a la necesidad de contratar personal extranjero, detallando los conocimientos especializados, profesionales, técnicos y experiencia del (futuro) contratado, describiendo las labores y funciones que realizará y adquiriendo el compromiso de capacitar a personal salvadoreño en el desempeño de las mismas. Además, en la misma declaración, el patrono debe hacer constar el total de trabajadores salvadoreños de su empresa y el monto de los salarios devengados por éstos en el último periodo e igual información acerca de su personal extranjero.
12. Certificación autenticada de la profesión u oficio del extranjero.
Si es residente inversionista, presentar los documentos que demuestren que la sociedad está funcionando, debiendo presentar la matrícula de comercio y su renovación o registro de inversión de capital extranjero, en su caso.
13. La solicitud debe presentarla personalmente el interesado.
La Dirección General de Migración y Extranjería está situada en el Centro de Gobierno. Ministerio de Gobernación. San Salvador.
El horario de atención es de 8.00 a.m. a 4 p.m.
Teléfono: (00503) 249-7600. Fax: (00503) 249-7624.
Más información y obtención de modelos de solicitud en: www.gobernacion.gob.sv
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La Dirección General de Migración y Extranjería, del Ministerio de Gobernación, es la dependencia administrativa encargada de facilitar la residencia temporal o permanente a los extranjeros mediante la concesión del permiso de residencia correspondiente.
Existen diferentes tipos de permiso de residencia. Los más usuales son:
I. Residencia temporal con autorización para trabajar.
Requisitos:
1. Cumplimentar solicitud
2. Presentar original y fotocopia de la partida de nacimiento debidamente autenticada por el consulado salvadoreño del país de origen y, posteriormente en el Ministerio de Relaciones Exteriores salvadoreño.
3. Aportar original de solvencia de buena conducta expedida por la policía del país donde ha residido los dos últimos años anteriores a su ingreso en El Salvador, debidamente autenticado de la misma forma antes indicada.
4. Constancia de buena salud expedida por un médico salvadoreño en el que haga constar que no padece enfermedad infectocontagiosa.
5. Examen o prueba del SIDA efectuado en El Salvador.
6. Una fotocopia de todas las páginas del Pasaporte utilizadas, presentando el original para su confrontación.
7. Original y copia del contrato de trabajo o su anteproyecto, con dictamen favorable del Ministerio de Trabajo y Previsión Social salvadoreño.
8. Original y fotocopias de acuerdo que acredita la personería del solicitante.
Los documentos que no estén en castellano deberán ser traducidos por un perito traductor ante un notario salvadoreño o por su respectiva Embajada. Si lo hace a través de ésta deberá autenticarlo posteriormente en el Ministerio de Relaciones Exteriores de El Salvador.
La solicitud debe ser presentada personalmente por el extranjero a los efectos de elaboración de ficha y por el solicitante empleador o su representante. En este último supuesto, la solicitud deberá contener la firma autenticada por notario salvadoreño del empleador.
Todos lo documentos arriba mencionados son requeridos para cada persona que integre el grupo familiar. A los menores de 18 años se les exime del examen de SIDA y de la presentación de constancia de buena conducta.
II. Residencia temporal con autorización para estudiar.
Requisitos:
1. Cumplimentar solicitud
2. Presentar original y fotocopia de la partida de nacimiento debidamente autenticada por el consulado salvadoreño del país de origen y, posteriormente en el Ministerio de Relaciones Exteriores salvadoreño.
3. Los mayores de 18 años deberán aportar original de solvencia de buena conducta expedida por la policía del país donde ha residido los dos últimos años anteriores a su ingreso en El salvador, debidamente autenticado de la misma forma antes indicada.
4. Constancia de buena salud expedida por un médico salvadoreño en el que haga constar que no padece enfermedad infectocontagiosa.
5. Examen o prueba del SIDA efectuado en El Salvador.
6. Una fotocopia de todas las páginas del Pasaporte utilizadas, presentando el original para su confrontación.
7. Original de constancia de matrícula provisional o definitiva extendida por el centro de estudios correspondiente.
8. Documentación relativa a su manutención (remesas del exterior, declaración jurada ante notario de la persona que correrá con el pago de sus gastos, etc.).
Los documentos que no estén en castellano deberán ser traducidos por un perito traductor ante un notario salvadoreño o por su respectiva Embajada. Si lo hace a través de ésta deberá autenticarlo posteriormente en el Ministerio de Relaciones Exteriores de El Salvador.
La solicitud debe ser presentada personalmente por el solicitante a los efectos de elaboración de ficha.
En el caso de menores de 18 años, la residencia temporal debe ser solicitada por los padres o sus representantes, en cuyo caso debe aportarse el respectivo documento para comprobar dicha representación. Si dicho documento viene del extranjero, deberá autenticarse en el Ministerio de Relaciones Exteriores de El Salvador.
III. Residencia temporal como inversionista.
Requisitos:
1. Cumplimentar solicitud
2. Aportar escritura de constitución de la sociedad debidamente inscrita en el registro de Comercio (cuando la inversión se haya realizado por este medio) o, en caso contrario, presentar los documentos en los que conste la inversión efectuada en el país.
3. Presentar los documentos que demuestren que la sociedad o la empresa están funcionando, tales como: contratos de arrendamiento de locales, planillas del Instituto de Seguridad Social (ISS) del personal asegurado, pólizas de importación de mercaderías, copia del formulario del pago de impuestos, fotocopia del carnet de IVA, etc.
4. Presentar original y fotocopia de la partida de nacimiento debidamente autenticada por el consulado salvadoreño del país de origen y, posteriormente en el Ministerio de Relaciones Exteriores salvadoreño.
5. Los mayores de 18 años deberán aportar original de solvencia de buena conducta expedida por la policía del país donde ha residido los dos últimos años anteriores a su ingreso en El Salvador, debidamente autenticado de la misma forma antes indicada.
6. Constancia de buena salud expedida por un médico salvadoreño en el que haga constar que no padece enfermedad infectocontagiosa.
7. Examen o prueba del SIDA efectuado en El Salvador.
8. Una fotocopia de todas las páginas del Pasaporte utilizadas, presentando el original para su confrontación.
9. Fotocopia del NIT.
10. Copia del registro de Inversión extendido por la ONI.
Los documentos que no estén en castellano deberán ser traducidos por un perito traductor ante un notario salvadoreño o por su respectiva Embajada. Si lo hace a través de ésta deberá autenticarlo posteriormente en el Ministerio de Relaciones Exteriores de El Salvador.
La solicitud debe ser presentada personalmente por el solicitante a los efectos de elaboración de ficha.
IV. Residencia temporal como rentista.
Requisitos:
1. Cumplimentar solicitud
2. Presentar original y fotocopia de la partida de nacimiento debidamente autenticada por el consulado salvadoreño del país de origen y, posteriormente en el Ministerio de Relaciones Exteriores salvadoreño.
3. Aportar original de solvencia de buena conducta expedida por la policía del país donde ha residido los dos últimos años anteriores a su ingreso en El salvador, debidamente autenticado de la misma forma antes indicada.
4. Presentar constancia de la Embajada del país del que proviene la renta, debidamente autenticada por el Ministerio de Relaciones Exteriores de El Salvador y constancia expedida por bancos o instituciones financieras que operan en el país de los que se percibe la tranferencia de fondos provenientes del exterior.
5. Constancia de buena salud expedida por un médico salvadoreño en el que haga constar que no padece enfermedad infectocontagiosa.
6. Examen o prueba del SIDA efectuado en El Salvador.
Una fotocopia de todas las páginas del Pasaporte utilizadas, presentando el original para su confrontación.
De conformidad a la ley especial para residentes rentistas y su reglamento, inicialmente se emitirá una resolución concediendo provisionalmente la calidad de residente rentista por un plazo de noventa días. Posteriormente, deberá obtenerse el carnet correspondiente en la Dirección General de Migración y presentarse en la Dirección general de Impuestos Internos donde deberá comprobarse que los ingresos que percibe no están comprendidos en el art. 16 de la Ley de Impuestos sobre la Renta. A continuación deberá presentar al Ministerio de Gobernación la Resolución emitida por la Dirección General de Impuestos Internos, junto con la fotocopia del carnet provisional de residente rentista y del NIT, para finalmente concedérsele la calidad de residente rentista en forma definitiva.
La renta que se perciba deberá ser como mínimo de 1.000$USA mensuales.
Los documentos que no estén en castellano deberán ser traducidos por un perito traductor ante un notario salvadoreño o por su respectiva Embajada. Si lo hace a través de ésta deberá autenticarlo posteriormente en el Ministerio de Relaciones Exteriores de El Salvador.
La solicitud debe ser presentada personalmente por el solicitante a los efectos de elaboración de ficha.
Todo residente definitivo debe estar pendiente de la fecha de vencimiento de sus refrendas, de conformidad con el artículo 47 de la Ley de Migración.
V. Residencia definitiva por tener 5 años de residir en el país.
Requisitos:
1. Cumplimentar solicitud
2. Aportar constancia de buena conducta espedida por la Policía Nacional Civil.
3. Fotocopia del carnet de residente temporal por ambos lados.
4. Dos fotocopias del pasaporte de todas las páginas utilizadas, con su original para su confrontación.
5. Fotocopia del NIT.
6. Original de la constancia de estudios si el solicitante es estudiante y documentación que compruebe la procedencia y forma de su manutención.
7. Si el solicitante es trabajador, deberá presentar los documentos de los literales A,B,C,D y E.
8. Original y dos copias del contrato de trabajo o su anteproyecto.
9. Fotocopia del NIT del empleador.
10. Original y dos fotocopias de documentos inscritos en el registro respectivo y a que acreditan la personería del patrono (testimonio de escritura de constitución de sociedad, credencial de la junta directiva, estatutos de la fundación o asociación, etc.).
11. Original y fotocopia de declaración jurada otorgada ante notario por su patrono, respecto a la necesidad de contratar personal extranjero, detallando los conocimientos especializados, profesionales, técnicos y experiencia del (futuro) contratado, describiendo las labores y funciones que realizará y adquiriendo el compromiso de capacitar a personal salvadoreño en el desempeño de las mismas. Además, en la misma declaración, el patrono debe hacer constar el total de trabajadores salvadoreños de su empresa y el monto de los salarios devengados por éstos en el último periodo e igual información acerca de su personal extranjero.
12. Certificación autenticada de la profesión u oficio del extranjero.
Si es residente inversionista, presentar los documentos que demuestren que la sociedad está funcionando, debiendo presentar la matrícula de comercio y su renovación o registro de inversión de capital extranjero, en su caso.
13. La solicitud debe presentarla personalmente el interesado.
La Dirección General de Migración y Extranjería está situada en el Centro de Gobierno. Ministerio de Gobernación. San Salvador.
El horario de atención es de 8.00 a.m. a 4 p.m.
Teléfono: (00503) 249-7600. Fax: (00503) 249-7624.
Más información y obtención de modelos de solicitud en: www.gobernacion.gob.sv
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3 comentarios:
Tengo veinte años de vivir en el salvador, soy hondureño, no tengo carnet de residente permanente, cuales son los requisitos que debo cumplir para nacionalizarme como salvadoreño. Por su respuesta gracias
Lo mejor es llamar a la Dirección General de Migración, exponer su caso y pedir cita para que le den asesoría
Mi novia es colombiana y tiene una hija pero quiere vivir en el salvador conmigo que pasos puede hacer ella para solicitar una residencia pernamanente
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